Denuncian "tongo" en unas oposiciones
La investigación periodística muchas veces surge de lo más insospechado, como inesperado fue el correo electrónico que recibimos en la redacción, hablando sobre presuntas irregularidades, una vez más, en el servicio de Seguridad de la Comunidad Autónoma, y que finalizaba con una cita: “El hijo de… ya tiene PLAZA”, lo cual nos puso sobre la pista de presuntas anomalías en una convocatoria de oposiciones en la Comunidad Autónoma.
Nada vamos a decir de esa supuesta persona, padre de un opositor que ha aprobado, ni de que haya mantenido una especial relación de amistad (y profesional) con el presidente del Tribunal que juzgó las pruebas, pues esa es una circunstancia que puede darse muy a menudo entre los miles de funcionarios al servicio de la Comunidad Autónoma, no. Nuestra investigación se ha centrado más en las reclamaciones, las presuntas y posibles anomalías, y los recursos que los opositores han presentado a lo largo de todo el proceso y sólo lamentamos hacernos eco ahora, cuando ya la cuestión está finalizada, pues repetimos que ha sido gracias al inesperado correo electrónico que nos puso sobre la pista.
Y no nos fue nada difícil encontrar quien nos narrara lo acontecido durante el desarrollo de la oposición a 13 plazas de Vigilantes de Seguridad y Control de Accesos, convocadas por Orden de 22 de febrero de 2006 de la Consejería de Hacienda y publicada en el BORM de 24 de febrero de ese mismo 2006. Primero, por que se presentaron multitud de recursos contra el primer ejercicio, que contenía, en palabras de nuestros consultados, “defectos, errores en la confección del examen, algo propio de un tribunal que no conocía la materia para la que había sido designado, incluyendo errores graves de baile de respuestas en los ejercicios”, motivo por el cual determinadas preguntas tuvieron que ser anuladas. Segundo, por que el sindicado CC.OO. , a través de su representante en el Tribunal, recibió también gran cantidad de quejas por su poca o nula involucración en las decisiones de aquel, toda vez que el Presidente y la Secretaria del mismo decidieron ser ellos solos quien redactaran las preguntas, “para evitar filtraciones”.
Debe hacerse difícil trabajar cinco miembros de un Tribunal de oposiciones cuando ninguno se fía del otro. Tal es así que, insistimos, siempre según las informaciones de nuestras fuentes, casi desde el primer momento el vocal designado por el sindicato CC.OO. comunica que, como no le permiten intervenir en la confección de las preguntas, no hará nada, y así lo hace constar en una de las reuniones plenarias del Tribunal.
Tras el fiasco del primer ejercicio el Tribunal (aunque hay quien dice que el Presidente y la Secretaria) deciden nombrar dos asesores, que sean expertos en la materia y recurren a un funcionario del CN de Policía y a otro del Servicio de Prevención de Incendios de Murcia. Pero parece que la verdadera razón es que no se sentían capaces de elaborar el segundo ejercicio, a pesar de que sus funciones en la Comunidad Autónoma pudieran dar a entender lo contrario, motivo por el que fueron designados. Este segundo ejercicio consistiría en supuestos prácticos de emergencias, desglosado en preguntas de tipo test con desarrollo.
Para rizar más el rizo, el Tribunal solicitó a los asesores, que nunca intervinieron en la corrección de este segundo ejercicio, una planilla para corregir un examen que trataba sobre situaciones que no se pueden ajustar a una planilla, como son situaciones de emergencia. A VMP le consta que los asesores aconsejaron al Presidente que este segundo ejercicio se debería evaluar con el examen y el sentido común, pues las emergencias pueden tener diferentes actuaciones válidas; actuaciones, que ellos como expertos en la materia, podrían evaluar.
El Tribunal desechó los consejos y el resultado fue que tras la primera corrección sólo aprobaron 5 opositores. ¿Qué decide entonces el Tribunal? Bajar el listón hasta cubrir las 13 plazas ofertadas, según manifiestan vocales del mismo disconformes con la decisión.
Pero además el Tribunal cometió otro grave error, como es corregir los exámenes horizontalmente, todos a una vez, en vez de examen a examen. Ello motivó que las preguntas que pudiesen estar relacionadas (y algunas habían) iban siendo desestimadas. Algún opositor, en su reclamación, así se lo hizo saber al Tribunal, que no le parecía oportuno repetir las características de un material en dos preguntas correlativas, pero eso no lo tuvo en cuenta el órgano calificador.
Claro que los criterios de corrección de los supuestos prácticos de este Tribunal, que nunca fueron explicados a los opositores antes de los ejercicios, incluyen desconciertos como los siguientes: si el opositor responde con un nivel superior al mínimo exigible en relación con el nivel de la exposición y de conocimientos del resto de los opositores, se le castigará en la puntuación (se le pondrá menos puntuación), pero si incluye una argumentación y justificación con un nivel óptimo con relación con el nivel de la exposición y de conocimientos del resto de opositores, se le pondrá mayor puntuación. ¿Ustedes lo entienden? Un opositor, en el momento del examen, pone todo lo que sabe sobre la materia, intentando hacerlo mejor que sus oponentes. Para este tribunal, hacer eso, significaba menor puntuación.
Nuevamente este segundo ejercicio tuvo gran cantidad de reclamaciones, algunas han ascendido ya a la Consejera de Hacienda y, posiblemente, terminen en los tribunales de justicia, por que incluso a los opositores que, en el acto de dar vista al examen, reclamaron, se les mostró su ejercicio, sí, pero sin ningún comentario, no comunicándole en ningún momento qué había valorado el Tribunal, si la respuesta era válida o no.
Aquí este Tribunal utilizó una argucia legal con los opositores en los plazos, pues publicaron un anuncio (el 22 de noviembre) dando cinco días para hacer alegaciones sin haberles dado vista al examen que comunicaba a los opositores que el 24 de noviembre se publica otro anuncio indicando que podrían recoger una copia de su ejercicio en horario de 9 a 10:30 horas el día 25 de noviembre, pero para fatalidad de los opositores, el día 26, sábado, se acababa el plazo. Para colmo, la copia del examen que les entregaron era una fotocopia de su ejercicio, sin anotación o corrección alguna, para así hacer aún más difícil las posibles alegaciones. Los opositores tendrían cinco días para presentar reclamaciones o recursos ante el tribunal, pero hábilmente habían colocado el primer día en viernes, reduciendo de hecho en dos días el plazo para reclamaciones.
Y es, por fin, en este acto de dar vista al examen cuando les entregan los criterios de corrección de los supuestos prácticos. Ahora, con el examen celebrado y corregido, se enteran de que si contestaban con un nivel superior al mínimo exigible se les castigaría en la puntuación y, se enteran también, de que el Tribunal ha hecho tan mal las cuentas que si un opositor no respondía a ninguna pregunta del segundo ejercicio hubiese sacado 2,49 puntos. Pero si las respondía todas bien, bien, nunca sacaría un diez, sino un 9,60.
Y el Tribunal se guardaba una posible diferencia de 2,09 puntos. Si un opositor contestaba todas las respuestas con un nivel superior la puntuación que obtendría sería de 7,88, pero si el nivel fuese óptimo alcanzaría 9,98. Y esa decisión quedaba en manos del tribunal de oposición para decidir quien era nivel superior o quien nivel óptimo, lo que puede y debe ser un vicio de nulidad que invalidara todo este proceso.
A pesar de las reclamaciones, todas rechazadas, se validaron los resultados y ello ha supuesto que más del 50 por ciento de los interinos no superasen las pruebas, algunos de ellos con más de trece años trabajando para la Administración Regional.
Nuestros consultados nos manifestaron que “después de todos estos mangoneos los opositores se sienten impotentes e indefensos ante estos tribunales de oposiciones, o más bien, ante su presidente, que abusan de sus prerrogativas de todopoderosos para hacer su voluntad. Y además los sindicatos no hacen su labor que, como mínimo, debe ser denunciar las injusticias”, pero creen que “quizás haya alguna razón de más peso que defender la verdad y de paso a sus afiliados”.
Nada vamos a decir de esa supuesta persona, padre de un opositor que ha aprobado, ni de que haya mantenido una especial relación de amistad (y profesional) con el presidente del Tribunal que juzgó las pruebas, pues esa es una circunstancia que puede darse muy a menudo entre los miles de funcionarios al servicio de la Comunidad Autónoma, no. Nuestra investigación se ha centrado más en las reclamaciones, las presuntas y posibles anomalías, y los recursos que los opositores han presentado a lo largo de todo el proceso y sólo lamentamos hacernos eco ahora, cuando ya la cuestión está finalizada, pues repetimos que ha sido gracias al inesperado correo electrónico que nos puso sobre la pista.
Y no nos fue nada difícil encontrar quien nos narrara lo acontecido durante el desarrollo de la oposición a 13 plazas de Vigilantes de Seguridad y Control de Accesos, convocadas por Orden de 22 de febrero de 2006 de la Consejería de Hacienda y publicada en el BORM de 24 de febrero de ese mismo 2006. Primero, por que se presentaron multitud de recursos contra el primer ejercicio, que contenía, en palabras de nuestros consultados, “defectos, errores en la confección del examen, algo propio de un tribunal que no conocía la materia para la que había sido designado, incluyendo errores graves de baile de respuestas en los ejercicios”, motivo por el cual determinadas preguntas tuvieron que ser anuladas. Segundo, por que el sindicado CC.OO. , a través de su representante en el Tribunal, recibió también gran cantidad de quejas por su poca o nula involucración en las decisiones de aquel, toda vez que el Presidente y la Secretaria del mismo decidieron ser ellos solos quien redactaran las preguntas, “para evitar filtraciones”.
Debe hacerse difícil trabajar cinco miembros de un Tribunal de oposiciones cuando ninguno se fía del otro. Tal es así que, insistimos, siempre según las informaciones de nuestras fuentes, casi desde el primer momento el vocal designado por el sindicato CC.OO. comunica que, como no le permiten intervenir en la confección de las preguntas, no hará nada, y así lo hace constar en una de las reuniones plenarias del Tribunal.
Tras el fiasco del primer ejercicio el Tribunal (aunque hay quien dice que el Presidente y la Secretaria) deciden nombrar dos asesores, que sean expertos en la materia y recurren a un funcionario del CN de Policía y a otro del Servicio de Prevención de Incendios de Murcia. Pero parece que la verdadera razón es que no se sentían capaces de elaborar el segundo ejercicio, a pesar de que sus funciones en la Comunidad Autónoma pudieran dar a entender lo contrario, motivo por el que fueron designados. Este segundo ejercicio consistiría en supuestos prácticos de emergencias, desglosado en preguntas de tipo test con desarrollo.
Para rizar más el rizo, el Tribunal solicitó a los asesores, que nunca intervinieron en la corrección de este segundo ejercicio, una planilla para corregir un examen que trataba sobre situaciones que no se pueden ajustar a una planilla, como son situaciones de emergencia. A VMP le consta que los asesores aconsejaron al Presidente que este segundo ejercicio se debería evaluar con el examen y el sentido común, pues las emergencias pueden tener diferentes actuaciones válidas; actuaciones, que ellos como expertos en la materia, podrían evaluar.
El Tribunal desechó los consejos y el resultado fue que tras la primera corrección sólo aprobaron 5 opositores. ¿Qué decide entonces el Tribunal? Bajar el listón hasta cubrir las 13 plazas ofertadas, según manifiestan vocales del mismo disconformes con la decisión.
Pero además el Tribunal cometió otro grave error, como es corregir los exámenes horizontalmente, todos a una vez, en vez de examen a examen. Ello motivó que las preguntas que pudiesen estar relacionadas (y algunas habían) iban siendo desestimadas. Algún opositor, en su reclamación, así se lo hizo saber al Tribunal, que no le parecía oportuno repetir las características de un material en dos preguntas correlativas, pero eso no lo tuvo en cuenta el órgano calificador.
Claro que los criterios de corrección de los supuestos prácticos de este Tribunal, que nunca fueron explicados a los opositores antes de los ejercicios, incluyen desconciertos como los siguientes: si el opositor responde con un nivel superior al mínimo exigible en relación con el nivel de la exposición y de conocimientos del resto de los opositores, se le castigará en la puntuación (se le pondrá menos puntuación), pero si incluye una argumentación y justificación con un nivel óptimo con relación con el nivel de la exposición y de conocimientos del resto de opositores, se le pondrá mayor puntuación. ¿Ustedes lo entienden? Un opositor, en el momento del examen, pone todo lo que sabe sobre la materia, intentando hacerlo mejor que sus oponentes. Para este tribunal, hacer eso, significaba menor puntuación.
Nuevamente este segundo ejercicio tuvo gran cantidad de reclamaciones, algunas han ascendido ya a la Consejera de Hacienda y, posiblemente, terminen en los tribunales de justicia, por que incluso a los opositores que, en el acto de dar vista al examen, reclamaron, se les mostró su ejercicio, sí, pero sin ningún comentario, no comunicándole en ningún momento qué había valorado el Tribunal, si la respuesta era válida o no.
Aquí este Tribunal utilizó una argucia legal con los opositores en los plazos, pues publicaron un anuncio (el 22 de noviembre) dando cinco días para hacer alegaciones sin haberles dado vista al examen que comunicaba a los opositores que el 24 de noviembre se publica otro anuncio indicando que podrían recoger una copia de su ejercicio en horario de 9 a 10:30 horas el día 25 de noviembre, pero para fatalidad de los opositores, el día 26, sábado, se acababa el plazo. Para colmo, la copia del examen que les entregaron era una fotocopia de su ejercicio, sin anotación o corrección alguna, para así hacer aún más difícil las posibles alegaciones. Los opositores tendrían cinco días para presentar reclamaciones o recursos ante el tribunal, pero hábilmente habían colocado el primer día en viernes, reduciendo de hecho en dos días el plazo para reclamaciones.
Y es, por fin, en este acto de dar vista al examen cuando les entregan los criterios de corrección de los supuestos prácticos. Ahora, con el examen celebrado y corregido, se enteran de que si contestaban con un nivel superior al mínimo exigible se les castigaría en la puntuación y, se enteran también, de que el Tribunal ha hecho tan mal las cuentas que si un opositor no respondía a ninguna pregunta del segundo ejercicio hubiese sacado 2,49 puntos. Pero si las respondía todas bien, bien, nunca sacaría un diez, sino un 9,60.
Y el Tribunal se guardaba una posible diferencia de 2,09 puntos. Si un opositor contestaba todas las respuestas con un nivel superior la puntuación que obtendría sería de 7,88, pero si el nivel fuese óptimo alcanzaría 9,98. Y esa decisión quedaba en manos del tribunal de oposición para decidir quien era nivel superior o quien nivel óptimo, lo que puede y debe ser un vicio de nulidad que invalidara todo este proceso.
A pesar de las reclamaciones, todas rechazadas, se validaron los resultados y ello ha supuesto que más del 50 por ciento de los interinos no superasen las pruebas, algunos de ellos con más de trece años trabajando para la Administración Regional.
Nuestros consultados nos manifestaron que “después de todos estos mangoneos los opositores se sienten impotentes e indefensos ante estos tribunales de oposiciones, o más bien, ante su presidente, que abusan de sus prerrogativas de todopoderosos para hacer su voluntad. Y además los sindicatos no hacen su labor que, como mínimo, debe ser denunciar las injusticias”, pero creen que “quizás haya alguna razón de más peso que defender la verdad y de paso a sus afiliados”.
Vía: vegamediapress.com; blogalaxia,tags:denuncia oposiciones
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